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ADT adapta sus sistemas de alarma al nuevo Reglamento de Seguridad Privada

Los sistemas deben cumplir una serie de normas y contar con la evaluación de conformidad de Organismos de Control Acreditados por entidades autorizadas por la Unión Europea

Por Redacción SeguridadMania.com
Actualizado el 23 de junio, 2011 - 02.14hs.

La compañía ADT anunció que sus sistemas de seguridad y alarma cumplen con la nueva normativa del Reglamento de Seguridad Privada (Orden INT/316/2011) sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada, que entrará en vigor el próximo 18 de agosto de 2011. Esta regulación obliga a las empresas de seguridad a adaptar sus sistemas y servicios, que deberán cumplir con una serie de normas (UNE-EN 50130, 50132, 50133, 50136, UNE CLC/TS 50398) y contar con la evaluación de conformidad de Organismos de Control Acreditados por entidades autorizadas por la Unión Europea.

De esta manera, las condiciones técnicas y de seguridad de los sistemas de alarma en España se homogenizan con las normativas europeas.
 
La nueva legislación regula los diferentes sistemas de alarmas de seguridad y su conexión a las centrales receptoras y, además, establece cuatro grados de seguridad en los sistemas de alarma, en función del riesgo al que están sometidos y de la obligación, o no, de estar conectados a una central de alarmas.  

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